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Ordenamiento constitucional, defensa nacional y relaciones político militares

Por: Navarro Meza, Miguel.
Tipo de material: materialTypeLabelLibroDescripción: nro. 128 (julio - diciembre 2016), p.55-97.Tema(s): PUBLICACION ANEPE | CONSTITUCION POLITICA | RELACIONES POLITICO MILITARES | DEFENSA | DEFENSA NACIONAL | ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL | FUERZAS ARMADAS | SEGURIDAD EXTERIOR | CHILEUbicación en estantería: SN/128/2016 Recursos en línea: Ver en línea En: Política y EstrategiaResumen: Desde los albores de su vida independiente, los diversos textos constitucionales que ha tenido Chile han incorporado contenidos que dice relación con la defensa, la soberanía y la seguridad nacional. De igual modo, dichos textos han reconocido la existencia de los cuerpos armados del Estado, bajo la denominación genérica de fuerza pública y han regulado los aspectos básicos de su relación con la autoridad política, Ejecutivo y Congreso. Este no ha sido un proceso constante. Por el contrario, la experimentado altibajos y retrocesos, pero la línea ha sido clara. Desde luego, las normas relativas a las fuerzas militares han tenido, comparativamente, un mayor desarrollo que aquellas referidas a la defensa, la soberanía y la seguridad nacional. Luego, a partir de la constitución de 1833, los elementos fundamentales de las relaciones entre las autoridades políticas y los militares se han desarrollado en términos de asegurar un genuino control civil sobre los uniformados, conforme a las teorías contemporáneas de las relaciones político-militares. La forma como la Constitución de 1980 contiene alusiones a la seguridad de la nación y a su defensa así como las normas que reconocen la existencia de las Fuerzas Armadas, le otorga sus misiones y regulan la forma como se relacionen con las autoridades políticas, son el resultado de un proceso progresivo que viene desde el Reglamento Provisorio de 1811 y que, en la época presente, se corresponden con las teorías contemporáneas de las relaciones político - militares en democracia
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Desde los albores de su vida independiente, los diversos textos constitucionales que ha tenido Chile han incorporado contenidos que dice relación con la defensa, la soberanía y la seguridad nacional. De igual modo, dichos textos han reconocido la existencia de los cuerpos armados del Estado, bajo la denominación genérica de fuerza pública y han regulado los aspectos básicos de su relación con la autoridad política, Ejecutivo y Congreso. Este no ha sido un proceso constante. Por el contrario, la experimentado altibajos y retrocesos, pero la línea ha sido clara. Desde luego, las normas relativas a las fuerzas militares han tenido, comparativamente, un mayor desarrollo que aquellas referidas a la defensa, la soberanía y la seguridad nacional. Luego, a partir de la constitución de 1833, los elementos fundamentales de las relaciones entre las autoridades políticas y los militares se han desarrollado en términos de asegurar un genuino control civil sobre los uniformados, conforme a las teorías contemporáneas de las relaciones político-militares. La forma como la Constitución de 1980 contiene alusiones a la seguridad de la nación y a su defensa así como las normas que reconocen la existencia de las Fuerzas Armadas, le otorga sus misiones y regulan la forma como se relacionen con las autoridades políticas, son el resultado de un proceso progresivo que viene desde el Reglamento Provisorio de 1811 y que, en la época presente, se corresponden con las teorías contemporáneas de las relaciones político - militares en democracia

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