El concepto de vida familiar en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
- nro. 12 (2009), p. 23-36
En el trabajo proponemos analizar la compleja y evolutiva labor jurisprudencial del tribunal Europeo de Derechos Humanos referente a la definición del concepto de vida familiar recogido en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La incursión jurisprudencial realizada nos permite que el Tribunal de Estrasburgo bajo la divisa de los criterios de la efectividad y de la apariencia de las relaciones familiares, fue extendiendo la noción de vida familiar, de modo de comprender no sola las relaciones familiares de jure, tradicionalmente fundadas en el matrimonio, sino también las relaciones familiares de facto, donde sus miembros conviven proximamente fuera del matrimonio. De otro lado, constatamos que la indefinición y cohabitación de los conceptos de vida privada y de vida familiar condujeron al tribunal a atenuar la frontera entre ambos, haciendo surgir, en muchos casos, un concepto nebuloso de vida privada y familiar, que conduce a una progresiva dilución de la especificidad del concepto de vida familiar
DERECHOS HUMANOS JURISPRUDENCIA TRIBUNAL EUROPEO VIDA FAMILIAR