01891nab a22003257a 4500999001700000001000700017003001100024005001700035006001900052008004100071040003900112082001300151100003200164245005900196300003100255500001500286520101300301650003001314650000801344650002101352650002801373650002001401650002301421650000801444650000801452650003301460773004201493942001401535945001601549 c51185d51185051443CL-SaANEPE20211029002843.0a|||||r|||| 00| 0 140116t2012 xx |||||r|||| 00| 0 spa d aCL-SaANEPEcCL-SaANEPEdCL-SaANEPE aCARP/4781 aIrigoin Barrenne, Jeannette13aLa corte penal internacional y las operaciones de paz. anro. 77 (2012), p. 371-385 aFotocopia. aLas operaciones de paz de Naciones Unidas han tenido un desarrollo notable en los últimos años, lo que se ha evidenciado en forma especial desde la caída del los muros en Europa y el desmembramiento de la Unión Soviética y los conflictos de los Balcanes, de Africa y otras regiones del mundo. Con la entrada en vigor del Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional, es legítimo preguntarse si eventualmente, en caso de que se cometan crímenes de competencia de la Corte, ésta tendría jurisdicción para enjuiciar y procesar o como siempre, va a primar el principio de complementariedad y prevalecer el criterio de jurisdicción territorial. Este es al análisis que se realiza en este artículo que detallas las luces y sobras encontradas en la forma en que se consagró la jurisdicción de la Corte Penal Internacional y cómo el concepto de soberanía territorial que parecía un poco erosionado, se recupera con fuerza en el estudio de la jurisdicción internacional 4aCORTE PENAL INTERNACIONAL 4aCPI 4aESTATUTO DE ROMA 4aMANTENIMIENTO DE LA PAZ 4aMISIONES DE PAZ 4aOPERACIONES DE PAZ 4aPAZ 4aTPI 4aTRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL0 tRevista de Derecho Público.w020691 cREVA2ddc aOSS20140116